Héctor Ortiz en la Cámara de Comercio de Bogotá – Foto: ORTIZ ABOGADOS & CÍA.
El director general Héctor Ortiz de la Firma de servicios jurídicos ORTIZ ABOGADOS & CÍA. logró que un Juez de la República ordenara el embargo de la razón social y del establecimiento comercial de una empresa en la ciudad de Ibagué, como medida cautelar para garantizar el cumplimiento en el pago de valores adeudados a su cliente.
Luego de que la defensa jurídica del ciudadano que reclamaba el pago de valores adeudados por concepto de cánones de arrendamiento fuera tomada por Héctor Ortiz, se logró demostrar que el deudor moroso es un empresario reconocido en la zona y tenía como propiedad un establecimiento comercial y la razón o denominación social del mismo, matriculado y registrada ante la Cámara de Comercio de Ibagué, por lo que, al ser parte de sus activos al igual que sus cuentas bancarias, se logró por medio de un proceso de cobro ejecutivo su embargo y posterior secuestro.
Ahora bien, como lo ha dejado claro la Superintendencia de Sociedades mediante Concepto 220-103038 del 4 de septiembre de 2011, la razón social o denominación social, así como el establecimiento comercial de las empresas, hacen parte de sus activos y por lo tanto pueden ser vendidos o enajenados y como consecuencia también embargados. La orden de esta medida cautelar sobre estos activos genera como consecuencia que salgan del comercio, es decir, impide que que sean transferidos o grabados a cualquier título por parte de su propietario, inclusive los activos mismos como mobiliarios del mismo establecimiento comercial.
Es claro que las acciones jurídicas por parte del director general no solo constituyen una fuerte y real garantía para que el empresario deudor pague la totalidad de valores ordenadas por el Juez de conocimiento, sino que además, deja a la luz el cumplimiento de los estándares de calidad y efectividad en la prestación del servicio contratado a raíz del conocimiento práctico y técnico del equipo de trabajo, sobre esto el doctor Ortiz indicó:
Tener dentro de nuestros litigios el Derecho de la Empresa nos vuelve expertos en conocer ambas caras, una donde logramos exitosamente la defensa del empresario, y otra logra la defensa de los derechos del ciudadano común ante el mismo, en la medida que la justicia debe ser equitativa y real para todos»